IFSE endurece vigilancia al patrimonio de sus servidores públicos

El Instituto de Fiscalización Superior del Estado (IFSE), estableció el procedimiento de verificación de la situación patrimonial de las personas servidoras públicas que laboran en la propia institución.

Corresponde a la presentación de las declaraciones de situación patrimonial, de conflicto de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal, en su modalidad inicial, modificación y conclusión en el Sistema Estatal de Evolución Patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal de la Plataforma Digital Estatal (PDE).

Señaló que la declaración de situación patrimonial y de intereses deberá presentarse en los términos señalados en el artículo 33 de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado y Municipios de la siguiente manera:

La declaración inicial: dentro de los 60 días naturales siguientes a la toma de posesión con motivo del: ingreso al servicio público por primera vez; y reingreso al servicio público después de 60 días naturales de la conclusión de su último encargo.

Por su parte, la declaración de modificación: durante el mes de mayo de cada año, donde se seguirán las indicaciones institucionales para lograr cumplir los retos que internamente se establezcan, en relación al combate a la corrupción.

Por su parte, la declaración de conclusión: dentro de los 60 días naturales siguientes a la conclusión.

En el caso de cambio de dependencia o entidad en el mismo orden de gobierno, aclaró que únicamente se dará aviso de dicha situación y no será necesario presentar la declaración de conclusión.

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