El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí (TEESLP), emplazó al Poder Legislativo para que, en 90 días cumpla con el proceso de armonizar la legislación estatal con diversas disposiciones del artículo 2º de la Constitución Política de federal, en materia de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.
Ello, tras declarar la existencia de una omisión legislativa, atribuible al Congreso del Estado, consistente en la falta de armonización de la legislación local con lo dispuesto en el Decreto por el que se reforman dicho numeral.
Señaló que debe realizar las adecuaciones necesarias, a fin de garantizar el reconocimiento de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas como sujetos de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, en condiciones de libre determinación y autonomía.
Indicó que el referido Decreto estableció un plazo de 180 días naturales, contados a partir de su entrada en vigor, para que los distintos órdenes de gobierno realizaran las adecuaciones normativas correspondientes, mismo que, como ha quedado precisado, feneció el 29 de marzo de 2025.
En ese sentido, resolvió que tomando en consideración que existe una iniciativa en trámite, pero que no se advierten avances legislativos efectivos que permitan tener por cumplido el mandato constitucional, estimó procedente otorgar un plazo razonable y proporcional para su conclusión.


