Sala Monterrey confirma que designación de Villa de Pozos no es materia electoral

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La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), desestimó la impugnación del ciudadano poceño Justino RodríguezCastro en contra del nombramiento de Martha Patricia Aradillas Aradillas como concejala presidenta del municipio de Villa de Pozos.

En sesión pública para valorar el juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía con elexpediente SM-JDC-204/2025, confirmó el desechamientodecretado por el Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí en el expediente TESLP/JDC/119/2025 y acumulados.

Resolvió que fue correcto que el referido órgano jurisdiccional determinara su falta de competencia material para conocer los actos impugnados, al estar vinculados con la facultad soberana del Congreso del Estado para designar a la edila.

Por lo que los vicios o defectos que en éste pudieran generarse no son revisables por la jurisdicción electoral, señaló la Sala Regional Monterrey.

Determinó que el promovente alegaba que el proceso de designación realizado por el Congreso Estatal no se había llevado a cabo con estricto apego a la normativa local, por lo que la integración de la autoridad municipal vulneraba sus derechos.

Considerando lo anterior, el tribunal potosino definió que ninguno de los actos combatidos tenía naturaleza electoral. Ello, dado que, formalmente no se estaba ante un acto electoral, porque los órganos que intervinieron en el desarrollo de la designación de la concejalía tenían una naturaleza legislativa por lo que hace al Congreso y administrativa respecto del Concejo Municipal.

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