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Regulan patines eléctricos en San Luis Potosí; deberán cumplir con medidas de seguridad

El Ayuntamiento de San Luis Potosí aprobó reformar el Reglamento de Tránsito, con la finalidad de incorporar el vehículo eléctrico de transporte individual (VETI), unidades que en los últimos años incrementaron su comercialización entre la población.

Lo definió como el vehículo diseñado para transporte de una persona conductora, asistido con motor de propulsión eléctrica de baja potencia, fabricado para alcanzar en su máxima velocidad: 25 kilómetros por hora.

Dentro de la clasificación el vehículo VETI, se encuentra: patín eléctrico conducción de pie para uso y transporte de una persona, sin accesorios para carga, ni para transportar dos personas.

Sin embargo, no incluye en el vehículo que cuente con un acelerador manual, ni aquellos cuyo motor eléctrico continúe la aceleración después de alcanzar los 25 kilómetros por hora.

Señaló que las motocicletas, motonetas, triciclos automotores, bicimotos y los VETI, deberán llevar en la parte delantera un faro principal con dispositivos para cambio de luces, alta y baja, colocado al centro y a una altura no menor de 50 centímetros ni mayor de un metro.

En la parte posterior una lámpara de luz roja y un reflejante. Además, deberán contar cuando menos con un espejo retrovisor, y un sistema de freno. Para los triciclos automotores se deberán observar las disposiciones relativas a los vehículos de cuatro o más ruedas.

Las bicicletas que utilicen motor de combustión que superen los 49 centímetros cúbicos, o su equivalente en eléctrico, híbrido o de otra tecnología, que superen la velocidad de 25 kilómetros por hora a la circular, son consideradas dentro de la categoría de motocicletas.

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