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Endurecen penas en SLP por incitar a menores a cometer delitos; servidores públicos podrían ser inhabilitados

 

En el estado de San Luis Potosí, quien cometa el delito de provocación de un delito y apología del mismo, o de algún vicio en agravio de menores de 18 años de edad, recibirá una pena de cárcel de un año y seis meses.

Aplicará la misma condición cuando las personas víctimas no tengan la capacidad para comprender el significado del hecho, señaló la reforma legislativa al artículo 188 del Código Penal del Estado donde las penas se aumentarán hasta en una mitad más en dicha situación.

Asimismo, estableció que también resulta procedente al responsable tenga el carácter de servidor público y cometa el delito en ejercicio de sus funciones o mediante el uso de recursos e infraestructura institucionales.

En este caso, se impondrá además como sanción, la destitución e inhabilitación para el desempeño de cualquier cargo, empleo, o comisión pública por un periodo igual al de la sanción privativa de la libertad impuesta.

Según el artículo 188, comete el delito de provocación de un delito y apología del mismo, o de algún vicio, quien provoca públicamente a otro a cometer un delito, o hace la apología de éste, o de algún vicio, si el delito no se ejecuta.

Añade que el este delito se sancionará con una pena de tres meses a un año de prisión y sanción pecuniaria de 30 a 100 días del valor de la unidad de medida de actualización (UMA), o sea, de 3 mil 519.3 a 11 mil 731 pesos.

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