SAT ofrece estímulo fiscal para regularizar adeudos con descuentos de hasta 100% en multas y recargos.

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Con el objetivo de que los contribuyentes puedan regularizar su situación fiscal, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puso en marcha un estímulo fiscal que permite la reducción de multas, recargos y gastos de ejecución correspondientes a ejercicios fiscales anteriores a 2024.

Este beneficio aplica para personas físicas y morales que durante 2024 hayan obtenido ingresos menores a 300 millones de pesos, y consiste en la disminución del 100% de multas, recargos y gastos de ejecución, así como sanciones derivadas del incumplimiento de obligaciones distintas al pago.

“Este beneficio aplica para todos aquellos contribuyentes que en 2024 obtuvieron ingresos de hasta 300 millones de pesos y consiste en la disminución del cien por ciento de multas, recargos y gastos de ejecución” explicó la autoridad.

El estímulo también contempla multas impuestas por no presentar declaraciones o hacerlo de manera extemporánea, además de créditos fiscales firmes. En estos casos, el descuento será del 90% cuando se trate exclusivamente de multas de control de obligaciones, siempre que el contribuyente haya cumplido con la obligación que originó la sanción.

“Se puede aplicar a recargos y gastos de ejecución relacionados con las contribuciones correspondientes a ejercicios de 2024 o anteriores”, precisó la autoridad, al aclarar que no se trata de una condonación de impuestos, ya que las contribuciones y su actualización deberán ser cubiertas.

El programa también es válido para contribuyentes que se encuentren sujetos a revisiones o visitas domiciliarias, e incluso para adeudos no determinados por la autoridad, siempre que el propio contribuyente los reconozca. “Si el contribuyente todavía está dentro del ejercicio de facultades de comprobación, puede acceder a este estímulo”, se detalló.

Entre los requisitos se encuentra no haber sido beneficiado con estímulos fiscales similares en años anteriores, no contar con sentencias por delitos fiscales, ni aparecer en los listados de los artículos 69 y 69-Bis del Código Fiscal de la Federación.

La solicitud deberá presentarse a más tardar el 31 de octubre, mientras que los adeudos podrán pagarse hasta en seis parcialidades, siempre que el último pago se realice antes del 30 de noviembre. El trámite se efectúa a través del portal del SAT, mediante un caso de aclaración en el apartado de estímulo fiscal.

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