La Secretaría de las Mujeres e Igualdad Sustantiva (SEMU), estableció la organización y funcionamiento de las Unidades para la Igualdad Sustantiva (UNIS) en las dependencias de la Administración Pública del Estado.
Dicha estructura deberá observar en el desempeño de su función, cargo o comisión los principios de igualdad sustantiva, no discriminación, perspectiva de género, interseccionalidad y respeto irrestricto a los derechos humanos de las mujeres.
Explicó que la creación de las UNIS será excepcional y deberá justificarse con base en: número de personas trabajadoras; la capacidad operativa; y la disponibilidad presupuestal.
Instruyó que las entidades que no cumplan con dichos criterios podrán designar un enlace de igualdad sustantiva, quien se coordinará con la UNIS de la dependencia a la que se encuentren sectorizadas
Entre otras funciones, deberá elaborar el Programa Anual de Trabajo con base en diagnósticos, indicadores y necesidades detectadas en la dependencia o entidad; e incorporar la perspectiva de género en la planeación, presupuestación, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas, programas y proyectos de la dependencia o entidad.
Asimismo, recopilar, sistematizar y remitir la información que corresponda al Banco Estatal de Indicadores de Género, conforme a la normativa aplicable.





