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Tribunal Electoral del Estado de SLP da revés a regidor de Santa María del Río

El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí (TEESLP), sobreseyó la impugnación del regidor Antelmo Martínez Martínez, quien reclamó no ser convocado a las sesiones de cabildo del Ayuntamiento de Santa María del Río.

En sesión ordinaria para abordar el expediente TESLP/JDC/11/2026, el Pleno del cuerpo colegiado declaró inexistente la omisión atribuida a la presidenta municipal y al secretario general del Ayuntamiento, así como la obstaculización al ejercicio del cargo.

Martínez Martínez señaló que, desde el 20 de mayo de 2026 las autoridades responsables dejaron de enviarle de forma absoluta las convocatorias por escrito a las sesiones de cabildo que se hubiesen celebrado desde esa fecha.

Dentro del estudio, el Tribunal consideró el sobreseimiento porque se actualizó la causa de improcedencia prevista en el artículo 16 fracción IV, en relación con el artículo 15 y 74 de la Ley de Justicia Electoral.

Esto, porque las violaciones que invoca el promovente no corresponden a derechos político-electorales.

Señaló que, en efecto, la fracción IV del artículo 16 de la ley adjetiva mencionada estipula que procederá el sobreseimiento cuando, durante el procedimiento, aparezca alguna de las causales de improcedencia señaladas en el artículo 15.

Siendo que éste establece, en su primer párrafo, que se podrá desechar el medio de impugnación cuando se advierta la notoria improcedencia derivada de las disposiciones del ordenamiento citado.

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