TEESLP descarta violencia política de género contra jueza de materia familiar

El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí (TEESLP), determinó la inexistencia de la infracción consistente en violencia política contra las mujeres en razón de género atribuida a 3 abogados postulantes, en contra de Fátima Elizabeth Viera Gutiérrez, jueza de primera instancia en materia familiar del Poder Judicial del Estado.

Esto, al considerar que las expresiones analizadas motivo de inconformidad se emitieron de forma espontánea como crítica severa al ejercicio de la función jurisdiccional ostentada por la actora.

La juzgadora acusó que, a partir de su elección mediante el proceso electoral extraordinario de 2025, ha sido objeto de una campaña de intimidación y desprestigio por parte de los denunciados.

El Pleno del Tribunal, resolvió que, dentro de las expresiones en análisis se emplea “Como mujer que asco me da”, la cual podría considerarse machista, sin embargo, en el contexto de su emisión no obedece a relacionar su condición sexo genérica con una incapacidad para ejercer el cargo.

Sino como una crítica severa a la decisión de realizar el cambio de custodia de un menor, que a criterio de los denunciantes constituyó una situación injusta y una posible vulneración al interés superior del menor.

En ese mismo orden de cosas, señaló que no existen elementos para configurar un impacto desproporcionado de las expresiones y/o conductas denunciadas a partir de la condición sexogenérica de la quejosa.

Asimismo, consideró que las expresiones vertidas corresponden a criticas rigurosas a las cuales se encuentran sujetos las y los servidores públicos sometidos a un escrutinio público más intenso.

“De tal manera, que del análisis de los hechos y expresiones emitidas, se considera que no se configura violencia política en razón de género”, finalizó.

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