El Centro de Conciliación Laboral del Estado de San Luis Potosí, informó sobre la creación de lineamientos para el procedimiento de conciliación prejudicial individual presencial para la entidad.
Señaló que el objetivo de la normatividad es determinar las bases, criterios y condiciones que deberán observar y aplicar de manera obligatoria las personas conciliadoras adscritas al Centro.
Explicó que el procedimiento es un mecanismo para la solución de los conflictos dentro del sistema de justicia laboral, a través del cual las partes pueden proponer opciones para la solución de la controversia asistidos de una persona conciliadora.
Dicho profesionista debe responder a los principios de certeza, independencia, legalidad, imparcialidad, igualdad, confiabilidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y publicidad.
La conciliación inicia con la solicitud, la cual podrá realizarse por vía electrónica en el portal del Centro, por comparecencia personal de las personas interesadas solicitantes, o en su caso, por escrito debidamente firmado.
Del total de expedientes en materia laboral abiertos entre los años 2020 y 2025 ante el Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE) de San Luis Potosí, el 10 % fueron solucionados por los juzgados, o sea, 1 de cada 10 casos.


