La Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental (SEGAM), dictó la Norma Técnica Ecológica NTE-SLP-AR-001/2026, donde establece las condiciones generales de descarga de aguas residuales a la red de drenaje y alcantarillado de 7 municipios.
Así como el procedimiento para el establecimiento de las condiciones particulares de descarga.
Las municipalidades corresponden a San Luis Potosí, Soledad de Graciano Sánchez, Cerro de San Pedro, Villa de Pozos, Mexquitic de Carmona, Villa de Reyes y Zaragoza.
Indicó que la normativa es de aplicación obligatoria para los usuarios industriales y/o de servicios públicos o privados, que descarguen aguas residuales al sistema de drenaje y alcantarillado municipal bajo la administración del ente ejecutor correspondiente.
Sin embargo, se exceptúan las descargas de aguas residuales domésticas, pluviales y a las generadas por el sector industrial y/o de servicios que sean distintas a las aguas residuales de proceso y conducidas por drenaje separado hasta el punto de descarga.
Explicó que la conductividad eléctrica y los sólidos disueltos totales, podrán descargarse con valores mayores a las condiciones generales de descarga, siempre que la descarga provenga de un proceso de tratamiento de aguas residuales de carácter fisicoquímico o químico.
Los valores de los parámetros en las descargas de aguas residuales a los sistemas de alcantarillado urbano o municipal, se obtendrán de análisis de muestras compuestas, que resulten de la mezcla de las muestras simples, tomadas éstas en volúmenes proporcionales al caudal medido en el sitio y en el momento del muestre.


