El Tribunal de Disciplina Judicial, emitió lineamientos para las regulaciones de notificaciones por correo electrónico en los procedimientos a cargo de este organismo interno del Poder Judicial del Estado.
La práctica de notificaciones vía correo electrónico se realizará a través de cuentas de dominio del Poder Judicial, tanto de envío como de recepción, para lo que el Área de Tecnologías asignará a cada órgano del Tribunal encargado de las notificaciones una dirección electrónica.
Por lo que hace a las personas interesadas en recibir notificaciones electrónicas, es necesario que comparezcan, de forma escrita, al asunto en que sea su intención se realicen las notificaciones de dicha forma, debiendo señalar la cuenta otorgada por el Poder Judicial.
Así como el nombre completo de la persona a nombre de quien se encuentra registrada la cuenta, en la inteligencia de que la misma puede utilizarse en diversos asuntos, siempre y cuando se solicite por escrito en cada uno de ellos.
Mediante el Acuerdo General TDJ/45/2026, señaló que las cuentas de correo electrónico que se proporcionen a los usuarios externos al Poder Judicial para la práctica de notificaciones son de dominio del Poder Judicial y funcionarán únicamente como buzones, sin que pueda enviarse de ellas ningún tipo de documento o mensaje, ni responder o realizar algún tipo de trámite.
Añadió que las notificaciones electrónicas se tendrán por practicadas o realizadas a partir del momento de su envío a la dirección oficial proporcionada por la parte que lo haya requerido, sin que para esto sea necesario que sean abiertas o leídas, y surtirán sus efectos al tercer día hábil siguiente a aquel en que se haya realizado.


