Revocan resolución del TEESLP; CEEPAC deberá responder sobre multa a excandidato.

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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPFJ), revocó la sentencia impugnada, en virtud de que el Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí (TEESLP), debió analizar de oficio la competencia del Secretario Ejecutivo del CEEPAC para emitir la respuesta a la solicitud del Christian Puente Gallegos, excandidato a Juez en Materia Civil del Poder Judicial al pago de la multa en parcialidades, al carecer de atribuciones para ello.

El 28 de julio de 2025, el Consejo General del INE determinó que existieron diversas irregularidades en el informe único de gastos de campaña del Puente Gallegos, por lo que le impuso una multa de 22 mil 401.72 pesos.

Inconforme con ello, El 30 de septiembre de 2025, la Sala Regional Monterrey confirmó, en lo que fue materia de impugnación, la resolución INE/CG977/2025, mediante la cual se le impuso la multa.

Para el 17 de octubre siguiente, el excandidato solicitó al CEEPAC efectuar el pago de la multa en parcialidades, al encontrarse imposibilitado para efectuar el pago en una sola exhibición.

Como respuesta, el 29 de octubre de ese año, el Secretario Ejecutivo del CEEPAC, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 80, fracción II, inciso q), de la Ley Electoral Local, negó la solicitud del recurrente.

En desacuerdo con lo anterior, el 20 de noviembre de 2025,Puente Gallegos interpuso de recurso de revisión ante el Tribunal Local, el cual se radicó bajo el número de expediente TESLP/RR/19/2025.

Ahora al resolver el medio de impugnación, lo procedente es revocar la sentencia impugnada, y en plenitud de jurisdicción, se declara insubsistente el Oficio CEEPAC/SE/1452/2025 y, en consecuencia, dejar sin efectos todas las actuaciones posteriores generadas en la cadena impugnativa.

En ese sentido, ordenó al Consejo General del CEEPAC emitir una respuesta a la consulta formulada por el impugnante, la cual deberá estar debidamente fundamentada y motivada, y tendrá que ser efectiva, clara, precisa y congruente con lo solicitado.

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