La encargada de la Vocalía Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) en San Luis Potosí, Patricia Santos Quevedo, aseguró que la autoridad electoral en la entidad deberá esperar a que el Consejo General del INE apruebe los lineamientos relacionados con los actos anticipados de campaña, por lo que, mientras ello no ocurra, los órganos desconcentrados no pueden realizar acciones específicas al respecto.
La funcionaria explicó que la Junta Local Ejecutiva y las juntas distritales tienen la responsabilidad de ejecutar únicamente los acuerdos previamente aprobados por el Consejo General del INE. «Nuestra función se limita a atender y ejecutar aquellos acuerdos que son previamente aprobados por parte del Consejo General. Una vez aprobados, ya son aplicados por los órganos desconcentrados», señaló.
Respecto a las quejas por presuntos actos anticipados de campaña que se han presentado en ausencia de estos lineamientos, ndicó que será el Tribunal Electoral, ya sea local o federal, el encargado de resolver cada caso, dependiendo del tipo de elección involucrada. Precisó que el INE primero analiza si los hechos denunciados tienen implicaciones en una contienda federal o local y, de ser necesario, turna el expediente al organismo electoral correspondiente para su investigación y posterior envío al tribunal.
En cuanto a las denuncias recibidas en San Luis Potosí, informó que la Junta Local únicamente ha recibido una queja formal, la cual fue remitida a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE, instancia nacional encargada de conocer y sustanciar este tipo de procedimientos.
La vocal ejecutiva confirmó que se trata de la denuncia presentada por la organización Somos México en contra del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), misma que ya fue enviada a la autoridad competente y actualmente se encuentra en análisis para determinar lo procedente.
Finalmente, reiteró que la Junta Local del INE permanecerá atenta a las determinaciones que emita el Consejo General y a la resolución que adopte la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral sobre la queja presentada.


