Luego de la publicación del Reglamento Interno, quedaron establecidas las funciones que ejercerá la Comisión Metropolitana y de Conurbación de San Luis Potosí, entre ellas, formular, aprobar, ejecutar y evaluar la Agenda y el Programa Metropolitano.
Indicó que los municipios que integran el cuerpo colegiado corresponden a: Cerro de San Pedro, San Luis Potosí, Soledad de Graciano Sánchez, Mexquitic de Carmona, Villa de Reyes y Zaragoza.
La conforman una presidencia, que será La persona titular del Poder Ejecutivo del Estado, o la persona que este designe; una secretaría técnica, que será la persona titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Vivienda y Obras Públicas; y las y los presidentes municipales que integran la Zona Metropolitana y de Conurbación.
Señalo que, a través del Instituto Estatal de Planeación Urbana (IEPU), auxiliará a los municipios en la elaboración de un diagnóstico, planeación, los objetivos y las estrategias gubernamentales para los diferentes temas o materias.
Indicó que dará seguimiento en el ámbito de su competencia a las acciones, obras y servicios propuestos en el Programa Metropolitano; y gestionar la obtención de recursos financieros para cumplir los proyectos de la Agenda.
Recientemente, el Concejo Municipal de Villa de Pozos, aprobó el proyecto definitivo del Programa Metropolitano y de Zona Conurbada de San Luis Potosí 2026–2050.


