Aunque el Código Penal contempla como fraude el arrendamiento de un inmueble que no pertenece a quien lo ofrece, la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí reporta que este año únicamente se han presentado una o dos querellas relacionadas con este tipo de hechos.
La Fiscal General del Estado, María Manuela García Cázares, explicó que los casos de personas que rentan propiedades sin ser propietarias y reciben dinero por ello pueden constituir el delito de fraude. Precisó que, pese a que este tipo de situaciones pueden generar afectaciones económicas a quienes buscan una vivienda, actualmente son pocas las denuncias que han llegado ante la institución.
“No tenemos muchas denuncias, en realidad muy pocas”, señaló la Fiscal al ser cuestionada sobre los reportes de fraudes inmobiliarios y arrendamientos irregulares.
Detalló que, en lo que va del año, la Fiscalía tiene conocimiento de una o dos querellas relacionadas con este tipo de situaciones, al tratarse de un delito que se persigue por querella. El Código Penal del Estado establece que comete fraude quien, entre otros supuestos, arrienda a título oneroso un inmueble que no es de su propiedad, cuando sabe que no tiene derecho para disponer de él y obtiene el pago de la renta o un lucro equivalente.
La funcionaria también fue cuestionada sobre los conflictos que surgen cuando una persona fallece sin dejar testamento y los familiares comienzan a disputar propiedades y otros bienes, situaciones que pueden terminar en controversias legales o denuncias por despojo.
Al respecto, explicó que cuando no existe testamento, los familiares deben acudir ante un juez familiar para iniciar un juicio sucesorio intestamentario, procedimiento mediante el cual se determina quiénes tienen derecho a heredar los bienes de la persona fallecida.
“Cuando la persona no deja testamento, pues entonces hay que iniciar un juicio ante el juez familiar, un juicio sucesorio intestamentario”, explicó.
En el caso específico de los inmuebles, agregó que cuando existen disputas entre familiares corresponde al juez familiar intervenir y convocar a quienes se consideren herederos para buscar una solución conforme al procedimiento legal.
De esta manera, la Fiscalía estatal distingue entre los posibles delitos derivados de un fraude inmobiliario y los conflictos de carácter sucesorio, que deben resolverse principalmente por la vía familiar. La legislación penal potosina también contempla por separado el delito de despojo, por lo que cada caso debe ser analizado de acuerdo con las circunstancias y las pruebas existentes.


