Pese a tener ingresos mensuales por 83 mil 124.17 pesos, Christian Puente Gallegos otrora candidato a Juez Civil, solicitó al Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) pagar en parcialidades una multa de 22,401.72 pesos, impuesta por el Instituto Nacional Electoral (INE).
El 28 de julio de 2025, el Consejo General del INE, determinó que existieron diversas irregularidades en el informe único de gastos de campaña del excandidato a Juez en materia civil del Poder Judicial del Estado, aplicándole dicha sanción, según indica la resolución INE/CG977/2025.
Inconforme con ello, el 17 de octubre del 2025 solicitó al CEEPAC efectuar el pago de la multa en parcialidades por encontrarse imposibilitado para hacerlo en una sola exhibición, sin embargo, declaró no estar facultado para atender la petición por no haber aplicado la multa.
Luego de ello, Puente Gallegos recurrió al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), donde desestimaron su solicitud, pero determinó que el CEEPAC no le notificó adecuadamente e instruyó al Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí (TEESLP) resolverlo.
Así, señaló que el INE realizó el análisis integral, la situación económica del actor y la gravedad de la infracción, el monto y la forma de pago, por otro lado, dicha resolución está firme al no haberse impugnado en el momento procesal oportuno.
Por tanto, le asiste la razón al Consejo Estatal Electoral al determinar improcedente autorizar un plan de pagos distinto al establecido en la resolución INE/CG977/2025.
En conclusión, ordenó al CEEPAC reponer la notificación del acuerdo CG/2026/FEB/08 a fin de que se lleve a cabo una nueva notificación a la parte actora en el respectivo domicilio, observándose las formalidades necesarias para que esté en aptitud de conocer de lo requerido.


